Autor: Raymond Orta M., Venezuela:
Uno de los elementos fundamentales para que una impresión digital "huella" sea útil para una identificación dactiloscópica, es la claridad y nitidez que debe tener el denominado dibujo digital o dactilograma artificial. Uno de los elementos fundamentales para que una impresión digital "huella" sea útil para una identificación dactiloscópica, es la claridad y nitidez que debe tener el denominado dibujo digital o dactilograma. Sorprendente pero real es el requisito de "legibilidad" incluido en el Consejo Nacional Electoral en uno de sus reglamentos para la verificación de las "firmas" . Este termino de legibilidad no se aplica en principio a un dibujo como lo es el dactilograma artificial, pero presumimos que será aplicado en base a su significado en el lenguaje común en esta etapa de verificación que ahora tiene como meta el CNE. Si partimos entonces de la premisa de que la "huella digital" debe ser "legible", nos preguntamos el porqué dentro de los reglamentos aprobados no solamente se incluyo el suministro de las planillas sino también el suministro de los dispositivos de entintado técnicamente adecuados para tal efecto, como por ejemplo aquellos utilizados ahora en las instituciones bancarias, debido a que de es una obligación de rango legal el que el Poder Electoral colabore con cualquier proceso de esta naturaleza.

Desde el punto de vista técnico un dactilograma o impresión digital bien tomada debe registrar tanto el núcleo de la "huella" (dactilograma) como sus áreas circundantes, a los efectos de permitir una clasificación de tipo y subtipo de las previstas en la clave dactilar venezolana. Igualmente, debe haberse producido la impresión digital con un dispositivo que solamente entintara las crestas papilares para que sean identificados por lo menos unos cinco puntos característicos de los diez que la doctrina en Dactiloscopia tradicionalmente ha requerido para una identificación plena. Aunque en dactiloscopia es igualmente válida la identificación por la ubicación de menos puntos característicos, por cuanto en la escena del crimen salvo en situaciones muy particulares el delincuente deja su huella o huellas partciales.

Lo antes expuesto sirve para establecer unos criterios flexibles, debiéndose aplicar el siguiente procedimiento a efectos de verificar las "huellas" para la solicitud de los procesos revocatorios que mantienen alerta a la opinión publica:

1.- A los efectos de tener patrones de comparación adecuados el CNE debe exigir el que comparezca el denunciante ante alguna de sus oficinas, a efectos de tomarle la muestra de escritura y su impresión digital para tener un material adecuado para cualquier confrontación.

2.- Una vez recibida la denuncia, verificar la calidad de la impresión digital ubicada en la planilla y verificar el tipo y subtipo y alguna característica individualizante del dactilograma.

3.- En caso de que el tipo del dactilograma no corresponda debe presumirse que se ha cometido un delito y pasar a una segunda revisión grafotécnica vía investigación Penal.

4).- En caso de que no haya nitidez total en el dactilograma, o que no sea "legible" o nítido para la identificación del tipo y subtipo, deberán tratar de ubicarse puntos característicos en las áreas visibles que serán tratadas con el criterio de "rastros" como los ubicados en ciertas escenas del crimen.

La legibilidad de una "huella dactilar" depende no solamente de la calidad con que se haya tomado sino de la experiencia capacitación de quien la confronta o verifica. La aprobación reglamentaria en materia de Referendums Revocatorios, evidencia tanto terminológicamente, como en la parte técnica, fallas en la comunicación de los departamentos técnicos, si los hay, y los directivos del Consejo Nacional Electoral, por lo que este organismo obligatoriamente debe establecer públicamente cuales serán sus criterios de validación técnica, en el caso de que considerase procedente la Experticia Dactiloscópica para estas solicitudes de Referendums Revocatorios.©

Raymond Orta, es Abogado, Procesalista, Técnico Superior en Ciencias Policiales, Experto Criminalístico en Documentoscopia, Grafotécnica e Informática Forense, y Especialista en Tecnologías Gerenciales.
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