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Categoría: Delincuencia Organizada
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Normas relativas a la Administración y Fiscalización de los riesgos relacionados con los delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo aplicables a las Instituciones reguladas por la Superintendencia Nacional de Valores (Venezuela)

Gaceta Oficial Nº 39.691 del 8 de junio de 2011

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE VALORES

Resolución Nro. 110
Caracas, 19 de mayo de 2011
201 y 152
Considerando

Que es obligación de la República Bolivariana de Venezuela, prevenir que el mercado de valores venezolano sea utilizado como canal para actividades ilícitas como la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, y es la Superintendencia Nacional de Valores, el órgano responsable de regular, controlar y supervisar a los sujetos obligados regidos por la Ley de Mercado de Valores, para evitar que sean utilizados como mecanismo para la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, por lo que, debe velar por el cumplimiento de las normas de prevención, control y fiscalización sobre la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo por parte de los sujetos sometidos a su control.

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